Este blog es para el desahogo de un ciudadano que está cansado de que nos cuelen tantos engaños a casi todo el mundo. El único consuelo que me queda por ejercer es el de decir en voz alta "A MI NO ME ENGAÑAN".




Ya está disponible el ensayo
"Las Falacias que nos rodean", de distribución libre y gratuita.

martes, 27 de mayo de 2008

La mejor razón para NO HIPOTECARSE

Sin entrar en el tema de la burbuja, la sobrevaloración, crisis, etc... me he enterado de una cosa que, con diferencia, es el mejor motivo para no hipotecarse.



Resulta que la Ley 41/2007, aprobada el 25 de marzo de 1981, en pleno gobierno de la UCD (pocos mitos quedan por caérseme), y publicada en el BOE el día 15/4/1981, en su artículo quinto establece que:

"Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia que haga desmerecer el precio del bien hipotecado el valor del mismo desciende por debajo de la tasación inicial en más de un veinte por ciento, la institución financiera podrá exigir la ampliación de la hipoteca a otros bienes, a menos que el deudor opte por la devolución de la totalidad del préstamo o de la parte de éste que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía del mismo"

Hablando en plata: Que si el banco solicita una tasación y ésta es un 20% inferior a la inicial, el banco puede decirte: "Tienes 15 días para pagarme toda la hipoteca". Si no lo haces, te embargan el piso. El dueño del piso CARECE DEL DERECHO A SOLICITAR UNA TASACIÓN CONTRADICTORIA. La que solicite el banco se da por buena de oficio, se concede a una de las partes (el banco) competencias administrativas y judiciales, el banco es parte y juez, basta que el banco así lo diga, para que se admita conforma a derecho, que el piso vale lo que la nueva tasación dice. No hay posibilidad de recurso. Ninguna.

La ley 41/2007 modifica este artículo quinto, pero no el párrafo tercero, que es el que nos atañe, por lo que sigue teniendo plena validez.

Así que ya sabes amigo lector... Si te hipotecas, debes saber que al banco si le da la gana, te puede exigir que le devuelvas la hipoteca en 15 días. Por ejemplo si te niegas a comprar el plan de pensiones que ellos te recomiendan, si te niegas a sucribir el seguro con ellos... si reclamas una comisión indebidamente cobrada... cualquier cosa que haga que les caigas mal, hará que "casualmente" soliciten una tasación nueva para usarlo como motivacion para quedarse la casa.

Y es que, las tasadoras están controladas por los bancos. Para el que no lo sepa...

3 comentarios:

JOAKO dijo...

Realmente esa es una clausula o párrafo abusivo, creo que jamás se llevará a cabo, a los bancos les interesa que el trato inicial se cumpla y se pagen de principio a fin todas sus cuotas, sin que el cliente "moleste", ni tener que molestarse ellos en "pensar" mucho en el prestamo. Afortunadamente a los bancos "todavía" no les interesan los pisos. Pero si que deberíamos presionar a los legisladores para que no redacten tan mal las leyes, es decir, nunca redactan mal beneficiando al débil, que raro, casi siempre el "fraude de ley" beneficia a los mismos.

Anónimo dijo...

A tres días de hipotecarme no es una buena noticia, no. Y mira que no es de última hora y que el banco no me advierte de ello... voy a repasar esos papeles con letra minúscula...

saludos

Anónimo dijo...

Imaginaos que teneis una hipoteca con el Santander, y estos le piden la tasacion a esta empresa tasadora:

http://www.sivasa.com/csgs/Satellite?pagename=Sivasa/Page/SIV_index